Antecedentes

La Asamblea Legislativa de El Salvador, por Decreto No. 522 de 30 de Noviembre de 1995, emitió la Ley de Educación Superior (LES), la cual fue sancionada por el Presidente de la República el 7 de diciembre de ese mismo año y mandada a publicar en el Diario Oficial No. 236, Tomo 329 del 20 de diciembre de 1995, entrando en vigencia ocho días después. El Reglamento General de la Ley de Educación Superior fue decretado por el Presidente de la República el 9 de Agosto de 1996, según Decreto No. 77, publicado en el Diario Oficial No. 157, Tomo 332 del 26 de agosto del mismo año, entrando en vigencia ocho días después.


Ambos documentos sentaron las bases para la organización y funcionamiento de las instituciones de educación superior (IES), tanto estatales como privadas. El Sistema de Supervisión y Mejoramiento de la Calidad de las instituciones de Educación Superior, fue creado por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1642 del 11 de junio de 1997 emitido por el Ministerio de Educación (MINED).


Este Sistema, cuenta con tres Subsistemas: Calificación, Evaluación y Acreditación; los dos primeros son de observancia obligatoria por parte de las IES, mientras que el de Acreditación es completamente voluntario.


El Consejo de Educación Superior (CES) es el organismo “consultivo y propositivo del MINED”; entre sus funciones están las de dictaminar sobre la autorización provisional y definitiva de instituciones de educación superior, su disolución y la creación de dependencias académicas, así como la aprobación de carreras y planes de estudio; elaborar y proponer políticas de mejoramiento de la educación superior; apoyar las acciones de inspección y calificación de las IES y actuar en coordinación con el Ministerio, para llevar la evaluación de las instituciones.


La Comisión de Acreditación de la Calidad Académica (CdA) está integrada por siete miembros, nombrados por un período de cuatro años, de mutuo acuerdo entre el MINED y el CES; tiene autonomía de acción en su cometido y para ello elabora un marco de política a aplicar, el cual se hace del conocimiento del Ministerio. Los miembros son académicos de notoria capacidad y honradez y no representan institución alguna; deben ser de trayectoria reconocida nacional e internacional, con experiencia académica relevante en la enseñanza o dirección de la educación superior, y tener demostrado interés por la misma.


La CdA tiene las funciones de decidir y aplicar las normas y procedimientos para la acreditación a través de instructivos avalados por el MINED, realizar los estudios de las solicitudes de acreditación y resolver al respecto. De acuerdo con la LES, la acreditación será la evaluación continua que utilizará la CdA para calificar la calidad académica de aquellas instituciones que llenen los requisitos establecidos en la misma Ley y que voluntariamente la soliciten.


La búsqueda de un sistema para evaluar la calidad de la educación que ofrece una entidad educativa ha sido un reto en todos los países. Entre los varios métodos propuestos, la acreditación ha sido el que ha tenido mejor aceptación. La acreditación es una forma de evaluar que depende de varias variables: a) la autorización oficial de la institución para ofrecer educación; b) un período de estar trabajando como institución académica que le permite tener egresados; c) una evaluación interna de su oferta de servicios académicos; d) una evaluación externa que ratifique y comente sobre lo apropiado de la evaluación interna; e) una resolución externa, con un límite de vigencia, que le indique a la institución su estado de calidad basado en estándares aceptados por la comunidad.


La acreditación ha sido llamada una auditoria académica, basada en el hecho que la educación es una actividad que se rige por normas diferentes a las de una corporación comercial; su producto es el conocimiento, sus clientes (estudiantes), buscan desarrollarse intelectualmente, ya sea a través de una profesión a la que piensan incorporarse o de expandir sus conocimientos; o bien por una variedad de razones sociales, culturales, económicas, políticas, sicológicas, etc. que ameritan entrar a una institución educativa. La Acreditación es un proceso que se ha discutido y presentado en foros, conferencias y seminarios por muchos años, aunque en El Salvador es un concepto relativamente nuevo.


La educación es una responsabilidad del Estado, el cual debe velar y tratar de asegurar que sus ciudadanos tengan oportunidades de ser educados, y es quien emite una licencia o permiso para operar una institución de educación, siempre que cumpla previamente ciertas condiciones. En las instituciones de educación superior el proceso es más complejo, ya que, por un lado, el gobierno desea garantizar al público la calidad de esta, especialmente en cuanto a carreras profesionales, en tanto las instituciones están interesadas en preservar su libertad académica o autonomía.


En el mundo académico se han definido dos clases de acreditación: la institucional y la programática. La primera verifica que la institución esté cumpliendo su misión y las características globales de calidad para una institución de educación superior; esta acreditación es como una auditoria académica, mediante la aplicación de criterios comúnmente aceptados. La acreditación programática o especializada, que no está contemplada en la LES, se refiere a la “auditoria” de los programas o carreras que ofrece la institución y con los cuales prepara a los graduados para entrar a la práctica de la profesión. A medida que el sistema de educación avance en nuestro mundo regional y global, la acreditación de ambas clases será más aceptada y reconocida como una forma de dar un “sello de garantía”, tal como es reconocida en los países considerados desarrollados e industrializados.